Modificaciones al Salario Mínimo
Por Andersen Tax & Legal México
Modificaciones al Salario Mínimo
Andersen Tax & Legal les informa que el día hoy 23 de diciembre de 2019, se publico en el Diario Oficial de la Federación la resolución derivada de la reunión del pasado 16 de diciembre 2019 donde el H. Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (en adelante Consejo), determino los salarios mínimos y profesionales que habrán de regir a partir del 1° de enero de 2020.
Salarios Mínimos
Para la determinación de los Salarios Mínimos, se consideraron tres componentes: primero, el monto del salario mínimo general vigente a partir del 1° de enero de 2019; segundo, un Monto Independiente de Recuperación (MIR) que se suma al monto del salario mínimo vigente anterior; y, tercero, un factor de aumento por fijación igual a 5% que se aplica a la suma del salario mínimo vigente anterior y al MIR; en la fijación del salario mínimo de la Zona Libre de la Frontera Norte no se aplicó el MIR.
Zonas Geográficas
Zona Libre de la Frontera Norte
Integrada por los siguientes municipios: Ensenada, Playas de Rosarito, Mexicali, Tecate y Tijuana, en el Estado de Baja California; San Luis Río Colorado, Puerto Peñasco, General Plutarco Elías Calles, Caborca, Altar, Sáric, Nogales, Santa Cruz, Cananea, Naco y Agua Prieta, en el Estado de Sonora; Janos, Ascensión, Juárez, Práxedis G. Guerrero, Guadalupe, Coyame del Sotol, Ojinaga y Manuel Benavides, en el Estado de Chihuahua; Ocampo, Acuña, Zaragoza, Jiménez, Piedras Negras, Nava, Guerrero e Hidalgo, en el Estado de Coahuila de Zaragoza; Anáhuac, en el Estado de Nuevo León; y Nuevo Laredo, Guerrero, Mier, Miguel Alemán, Camargo, Gustavo Díaz Ordaz, Reynosa, Río Bravo, Valle Hermoso y Matamoros, en el Estado de Tamaulipas.
Resto del país
Integrada por el resto de los municipios del país y las alcaldías de la Ciudad de México que no fueron listadas en el punto anterior y conforman la República Mexicana.
En materia de Seguro Social, deberán efectuarse las modificaciones correspondientes en el SUA con la intención de reflejar el nuevo salario mínimo y determinar las cuotas obrero patronales de manera adecuada. Cabe considerar que en ciertos casos será necesario presentar avisos de modificación salarial correspondientes a los trabajadores que perciban el salario mínimo.
Finalmente, es importante tener presente la necesidad de actualización a los parámetros de los sistemas de nomina, así como el impacto financiero tanto en el tema de repercusión en los costos como en el tema de negociación sindical.
Con mucho gusto les podemos proporcionar la información adicional al respecto de los antes comentado.
Contactos
José Luis Montes Muñóz Cano
Socio Área Tributaria
jose.montes@andersentaxlegal.mx
Marco Antonio Ruiz Gómez
Socio Área Tributaria
marco.ruiz@andersentaxlegal.mx
Eduardo Arizmendi
Socio Área Tributaria
marco.ruiz@andersentaxlegal.mx
Alfredo Saturnino Pérez López Guerra
Gerente Laboral y Seguridad Social
alfredo.perez@andersentaxlegal.mx
* El presente boletín es emitido para fines informativos y no deberá considerarse una opinión definitiva emitida por Andersen Tax & Legal. En todo caso, sugerimos contactar a nuestros especialistas, para analizar de manera específica y concreta cada caso en particular